Reconocimiento Facial para Control de Acceso

Identifique a las personas registradas en el sistema y controle quién entra.

¿Necesita asegurar sus activos?

Cuéntenos sobre su recinto y los riesgos que quiere controlar. Le ayudamos a identificar la solución de videovigilancia más adecuada.

Solicitar información
Reconocimiento Facial

Controle quién entra y quién no

El sistema identifica a las personas que ya están registradas en su base de datos. Cuando una persona conocida aparece en cámara, el sistema la reconoce y puede asociarla a reglas de acceso o alerta.

  • Identificación de personas registradas en el sistema
  • Control de acceso a zonas sensibles
  • Detección de personas no autorizadas
  • Trazabilidad completa de accesos

Ideal para control de acceso a zonas sensibles, registro de personal y detección de personas no autorizadas. Todo con trazabilidad completa de quién entró y cuándo.

Preguntas frecuentes sobre reconocimiento facial

¿Cómo funciona el reconocimiento facial?

La cámara captura el rostro de la persona y el sistema extrae sus rasgos característicos, convirtiéndolos en un patrón matemático. Ese patrón se compara con la base de personas ya registradas y determina si hay coincidencia. El sistema no guarda "la cara" como imagen suelta, sino el patrón que la representa.

¿Sirve con las cámaras que ya tengo?

Funciona con cámaras IP que cumplan el protocolo ONVIF, el estándar más común del mercado. Para reconocimiento facial la cámara debe estar ubicada con un ángulo que capture el rostro con suficiente detalle, por lo que a veces conviene ajustar la posición o sumar una cámara específica en el punto de acceso.

¿Qué pasa si la persona usa mascarilla o lentes?

La precisión baja cuando el rostro está parcialmente cubierto. En escenarios donde el uso de mascarilla es habitual conviene combinar el reconocimiento facial con otras lecturas (credencial, código QR o lectura de patente para vehículos) para mantener la confiabilidad del control de acceso.

¿Es legal usar reconocimiento facial en Chile?

El tratamiento de datos biométricos está sujeto a la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada y a las obligaciones de la Ley 21.719. Como los datos biométricos son datos sensibles, se requiere base de licitud, información clara a los titulares y medidas de seguridad adecuadas. Recomendamos definir con asesoría legal el aviso y el consentimiento según el contexto de uso.

¿Puedo controlar quién entra a mi recinto?

Sí. Puede mantener una lista de personas autorizadas y configurar el sistema para que alerte cuando detecte a alguien que no está en la lista, o cuando detecte a una persona con acceso restringido a cierta área u horario. La alerta llega al responsable con la imagen del evento.

¿Se puede usar para registrar asistencia?

Sí, es un uso frecuente. El sistema registra automáticamente hora de entrada y salida de cada persona identificada, lo que sirve para control de asistencia, turnos y trazabilidad de acceso a zonas restringidas.